Entra en vigor, desde el 11 de Enero de 2024, la obligatoriedad de aplicar los cambios impuestos por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su nueva Guía Ley de Cookies que, a su vez, se rige por el Comité Europeo de Protección de Datos.
Con el fin de responder a los crecientes desafíos y demandas regulatorias en relación a la privacidad de los usuarios, las webs que enseñen anuncios a sus usuarios mediante Google, necesitarán implantar un banner de cookies certificado por el organizamos IAB como un CMPs.
Además, a partir del 16 de Enero, los editores que usen Google AdSense, Ad Manager, AdMob o plataformas que admitan subastas de Google, deben tener implantado una CMP certificada por Google, integrada con el Marco de Transparencia y Consentimiento (TCF) de IAB Europe. Este cambio provoca que Google ADS dejará de pujar por fuentes de inventario personalizado en sitios y aplicaciones que no cumplan con este requisito.
Por otro lado, Google Analytics 4 se prepara la situación “Cookieless” con la introducción del Consent Mode V2, ya que será obligatoria a partir de marzo.
Consent Mode V2
La diferencia de esta versión se centra en el nuevo modo de consentimiento avanzado, que permite enviar datos incluso sin un consentimiento explícito a través de los famosos “pings”. Esta versión responde a la necesidad de adaptar los ecosistemas tecnológicos a las regulaciones de privacidad, especialmente en la UE.
Desde el próximo mes de Marzo, el Consent Mode V2 será la única vía posible para ofrecer anuncios a aquellos que han otorgado su consentimiento. Irá acompañado de la anonimización de IPs y proporcionan una capa adicional de seguridad en el uso comercial de datos.
La implementación de esta nueva vía requerirá el uso de un CMP y sus banners de cookies, que debe cumplir con las nuevas directrices y esté certificado por el IAD y Google, y gestione los permisos a través de los CMPs.
¿Qué cambios deberás aplicar a tu web en la nueva Ley de Cookies?
- Añadir botón de rechazo de todas las cookies en todas las webs y apps móviles: este deberá estar claramente a la vista para el usuario.
- Información adicional sobre las cookies: Proporcionar la finalidad de las cookies, duración de su almacenamiento y la identidad de los instaladores para incrementar la transparencia con el usuario.
- Acciones al no aceptar las cookies: Las webs y aplicaciones móviles podrían cobrar a los usuarios que no las acepten, siempre que la información sobre el pago sea clara y transparente.
Todos los cambios pueden suponer un desafío para los propietarios de sitios web ya que significa aplicar cambios significativos en sus prácticas de recopilación de datos.
¿Qué pasa si no se realizan los cambios que se dictaminan en la nueva Ley de Cookies?
El incumplimiento de los cambios en la ley de Cookies puede conllevar sanciones económicas para las empresas.
Las empresas que no cumplan con los cambios de la nueva Ley de Cookies pueden ser sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), con unas multas desde 3.000€ hasta 300.000€.
Aumento de la privacidad del usuario en el entorno digital
Estas nuevas medidas reflejan la creciente importancia de la intimidad del usuario en el mundo digital. Además, podemos ver como la plataforma Google, se está adaptando rápidamente a las nuevas regulaciones europeas consiguiendo un ecosistema digital seguro y respetuoso con los derechos de los usuarios.
Todo eso conlleva a conseguir un mundo publicitario más transparente.
Desde Grupo Isonor | LOPDAT ofrecemos servicios de consultoría en protección de datos y seguridad de la información para que nuestros clientes puedan cumplir con la legislación vigente en cada momento, basado en la generación y seguimiento de toda aquella documentación, políticas y procedimientos que garantice el tratamiento de datos según lo exigido en la norma.