Conoce las condiciones del Plan de Igualdad
🔵 ¿Qué es un plan de igualdad?
Los Planes de Igualdad son un conjunto de medidas adoptadas con el objetivo de alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre las mujeres y hombres de la plantilla de una empresa o institución. De esta forma, se consigue eliminar la discriminación por razón de sexo.
En EXCELENTIA Grupo Isonor tenemos un equipo multidisciplinar experto en su elaboración. Te asesoramos y guiamos para conseguir el mejor resultado.
🔵 ¿Qué empresas deben implantarlo?
Estos son los tres supuestos en los que las empresas están obligadas a disponer de un Plan de Igualdad (Ley Orgánica 3/2007 y el Real Decreto-Ley 6/2019):
- Empresas de 50 o más personas en plantilla. Esta obligación se implantará de forma paulatina en los próximos años en función del tamaño de su empresa.
- Cuando lo establezca el convenio colectivo
- Cuando las autoridades así lo exijan. Si la autoridad laboral así lo ha acordado tras un procedimiento sancionador.
🔵 ¿Cuándo deben adaptarse?
El Real Decreto-ley 6/2019 identifica una serie de plazos para que las empresas públicas y privadas implanten y registren un Plan de Igualdad en función de su número de empleados:
- Empresas de más de 150 empleados/as hasta 7 de marzo de 2020
- Empresas entre 100 y 150 empleados/as hasta 7 de marzo de 2021
- Empresas entre 50 y 100 empleados/as hasta 7 de marzo de 2022
Según el Real Decreto 901/2020, se establece la entrada en vigor de los nuevos requisitos de contenido, negociación y registro de Plan de igualdad a partir de 14 de abril de 2021.
Real Decreto 902/2020, recoge a partir de 14 de enero de 2021 la entrada en vigor de los nuevos requisitos del registro salarial y auditoría retributiva.
🔵 ¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento?
Incumplir con la LO no solo conlleva sanciones económicas de los 626€ a los 187.515€, según la gravedad de la infracción, sino que, además, si una empresa incumple con su obligación de tener un plan de igualdad, no podrán contratar con entidades del sector público, tal como establece en su art. 71 la Ley de Contratos del Sector Público y podría llevar a la pérdida del derecho de obtener ayudas públicas y subvenciones por un período de hasta 3 años.
🔵 ¿Cuáles son las ventajas?
- Cumplir con la legislación vigente
- Acceder a contratos públicos y subvenciones (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público indica que se prohíbe la contratación de empresas que no cuenten con el Plan de Igualdad cuando el mismo resulte exigible legalmente).
- Combatir discriminaciones por razón de sexo en el ámbito laboral
- Integración de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la política de RSC
- Prevenir el acoso sexual y acoso por razón de sexo en la organización
- Fomentar la conciliación de la vida personal y laboral
- Mejora del clima laboral, retención del talento y prevención del absentismo y rotaciones
- Mejora de la imagen de la compañía, a través de premios, reconocimientos y distintivos en materia de igualdad
- Con todo ello, mejora de la productividad
🔵¿Cómo podemos ayudarte?
Te ofrecemos un servicio a tu medida e integral en materia de Igualdad, prestado por un equipo de profesionales multidisciplinares expertos que estarán a tu lado y te acompañarán desde el inicio hasta el final del proceso. Otros departamentos de Grupo Isonor están a tu disposición para complementar el proceso con la formación obligatoria, herramientas informáticas y la adecuada comunicación.
- Elaboración del Plan de Igualdad: definición de políticas, diseño de medidas, elaboración documental. Acompañamiento y asesoramiento en todo el proceso de negociación colectiva y constitución de la comisión de igualdad y participación en las reuniones de negociación.
- Revisión, seguimiento y mantenimiento de Planes de Igualdad previamente. realizados, ofreciendo orientación sobre nuevas líneas estratégicas.
- Consultoría y asesoría para empresas que desarrollen internamente su propio Plan de Igualdad.
- Tramitación de subvenciones orientadas a la implantación del Plan de Igualdad.
- Elaboración de Registros salariales anuales obligatorios.
- Elaboración de Auditorías salariales.
- Elaboración de Protocolos de prevención y actuación frente al acoso sexual, por razón de sexo y psicológico.
- Elaboración de guías/ manuales de buenas prácticas de uso del lenguaje inclusivo.
- Asesoramiento en el registro de Planes de Igualdad.
- Asesoramiento en la tramitación del Distintivo de Igualdad en la Empresa.
- Revisión, con perspectiva de género, de procedimientos y protocolos internos.
- Campañas de comunicación, difusión y sensibilización en materia de igualdad.
- Formación vinculada a la igualdad de oportunidades.
- Herramienta Informática de RRHH y Control Horario.
🔵 ¿Cuál será nuestro proceso de trabajo?
La implantación y mantenimiento de un Plan de Igualdad de Oportunidades es un proceso gradual, compuesto por varias fases o etapas durante su vigencia que a continuación se presentan.
IMPLANTACIÓN PLAN DE IGUALDAD:
1. Obtener un compromiso firme y activo de todos los agentes implicados en las empresas.
Te acompañamos y asesoramos en todo el proceso de negociación colectiva.
2. Creación del Comité Permanente de Igualdad y definición de sus funciones.
Elaboramos el plan formativo en materia de igualdad que debe realizar los miembros del comité y te haremos una propuesta para ejecutarlo.
3. Diagnóstico. Valorar la situación inicial en la que se encuentra la empresa.
Entre otras áreas se incluye: Valoración de Puestos de Trabajo, Registro Salarial, Auditoría Retributiva …
4. Programación y Elaboración del Plan:
a) Definición de objetivos generales y específicos
b) Establecer los ejes de actuación
c) Propuesta de las medidas de actuación
d) Planificación temporal
e) Establecer recursos necesarios para la implantación y posterior evaluación
5. Elaboración del Protocolo de Prevención de Acoso Sexual y/o por razón de Sexo
6.Aprobación del Diagnóstico y Plan de Igualdad Negociado
7.Asesoramiento para la Inscripción en el Registro de planes de igualdad de las empresas REGCON
MANTENIMIENTO PLAN DE IGUALDAD
- Asesoramiento y seguimiento acerca de las medidas de ejecución a llevar a cabo en cada momento por la empresa, según el cronograma del Plan de Igualdad
- Generación de Documentación derivada de dichas medidas.
- Elaboración de 2 actas de reunión, semestrales, correspondientes a reuniones del Comité de Igualdad de la empresa
- Elaboración de Memoria Anual de seguimiento
🔵 Si ya dispones de un Plan de Igualdad, ¿Qué plazo tienes para adaptarlo a la nueva normativa?
Para organizaciones que ya dispongan en la actualidad de plan de igualdad, se les concede un tiempo máximo hasta 14/01/2022 parta adaptarse a esta normativa.
🔵 ¿Cuál es la vigencia de un plan de Igualdad?
El Comité de Igualdad decidirá la vigencia del Plan de Igualdad, que como máximo no podrá superar los 4 años.
🔵 ¿Es obligatorio formarse en materia de igualdad? ¿Cómo te podemos ayudar?
La formación al Comité de Igualdad y a las personas responsables de RRHH es una parte esencial en la elaboración e implantación de un Plan de Igualdad. No sólo porque es un imperativo legal, sino porque será la encargada de realizar el seguimiento del Plan de Igualdad y de representar los intereses tanto de la organización como de los trabajadores y trabajadoras.
Te propondremos un plan formativo que cubra las necesidades concretas de tu empresa y dirigido a:
- Desarrollar las habilidades, competencias y conocimientos necesarios para que las personas integrantes del Comité y del área de RRHH sepan realizar sus funciones adecuadamente.
- Sensibilizar en igualdad de oportunidades a todas las personas integrantes de la empresa.
Estas acciones formativas pueden ser ejecutadas a través de nuestra área de formación de Grupo Isonor, con la posibilidad de ser bonificadas.