
SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL (PROGRAMA APROL-ECONOMIA SOCIAL) DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA – TR802G Y TR802J 2025
2025/02/17 hasta el 2025/09/16

Nombre: SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL (PROGRAMA APROL-ECONOMIA SOCIAL) DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA – TR802G Y TR802J 2025
Plazo de presentación: Desde el 2025-02-17 hasta el 2025-09-16
Tipo de ayuda: Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Organismo: CONSELLERIA DE EMPREGO E IGUALDADE – XUNTA DE GALICIA
Beneficiarios: Programa I. Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales (procedementoTR802G):
Las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a las siguientes personas:
Personas que en el momento de la incorporación sean desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
Personas que en el momento de su incorporación estén vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral por un contrato de trabajo fijo discontinuo.
Personas que en el momento de su incorporación sean socias a prueba de la cooperativa a que se incorporan, siempre y cuando estuviesen desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el momento de incorporarse como tales personas socias a prueba.
Personas que en el momento de su incorporación sean personas asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.
También podrán acogerse a estos incentivos las cooperativas y sociedades laborales que incorporen en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, como personas socias trabajadoras o de trabajo a prueba, a personas menores de 30 años (o menores de 35 años cuando se trate de personas con discapacidad) que en el momento de la incorporación estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
Programa II. Fomento del acceso a la condición de persona socia (procedimiento TR802J):
Las personas que accedan a la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con carácter indefinido, que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia y que en el momento de su incorporación cumplan alguna de las condiciones siguientes:
Ser personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
Ser personas socias a prueba de la cooperativa a la cual se incorporan.
Ser personas asalariadas de la cooperativa o sociedad laboral a la cual se incorporan.
Ser personas asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.
Ser personas socias trabajadoras o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral a tiempo parcial que accedan a la misma condición a tiempo completo.
Las personas que, siendo desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, emprendan una actividad por cuenta propia y se incorporen en una cooperativa como personas socias con carácter indefinido, con compromiso de exclusividad, para comercializar sus productos, obtener suministros, servicios y la asistencia técnica que precisen siempre que tengan su domicilio social y fiscal en Galicia. Entre el inicio de la actividad por cuenta propia y dicha incorporación no pueden haber transcurrido más de dos años
Proyectos subvencionables: Las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia
Las personas que accedan a la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con carácter indefinido, que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia y que en el momento de su incorporación